El acoso laboral o mobbing es el comportamiento de maltrato continuo y deliberado, verbal o físico, hacia un trabajador por parte de un compañero o varios de trabajo. Las consecuencias para la víctima son un profundo malestar psicológico y personal que daña su autoestima.
Provoca una reducción en el rendimiento de su trabajo, el empeoramiento de la salud tanto física como psíquica y puede llevarle a pedir la baja laboral, incluso solicitar el despido voluntario de la empresa por no aguantar las condiciones.
Nuestros abogados despidos les informan del plazo en que deben realizar acciones jurídicas contra el acoso laboral. Tienen un plazo de un año desde el momento en que aparezcan las primeras acciones contra el trabajador y a partir de que se conozcan de modo definitivo.
Las vías con las que cuenta para reclamar son la extinción del contrato laboral con derecho a percibir una indemnización como en un caso de despido o solicitar una tutela judicial por violación de los derechos fundamentales del trabajador.
Desde el año 2003 se ha avanzado bastante en esta materia. La empresa demandada cuando se la denuncia debe aportar una justificación objetiva y razonable, probada de las medidas adoptadas y de la proporcionalidad de las mismas.
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